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Impuesto Sobre la Renta – Tasas, Cálculo y Declaración 2024

Mateo Adrian Ruiz Alvarez • 2026-04-04 • Revisado por Daniel Mercer

El Impuesto Sobre la Renta (ISR) constituye la contribución directa más relevante del sistema fiscal mexicano para el ejercicio 2024, aplicable a toda persona física y moral que obtenga ingresos dentro del territorio nacional. Su monto se determina anualmente considerando la inflación acumulada entre noviembre de 2020 y noviembre de 2023, estableciendo nuevos límites y cuotas conforme a la Ley del ISR y las disposiciones emitidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La estructura tributaria diferencia entre contribuyentes con actividades empresariales, profesionales independientes y asalariados, aplicando tablas progresivas o tasas fijas según corresponda. La correcta determinación de la obligación fiscal requiere identificar la periodicidad de ingresos, aplicar la tarifa correspondiente y compensar con deducciones autorizadas cuando el régimen lo permita.

Para 2024, el SAT publicó actualizaciones en la Miscelánea Fiscal que modifican los montos de retención mensual, quincenal y diaria, además de mantener vigentes regímenes especiales como el RESICO para pequeños contribuyentes.

¿Qué es el impuesto sobre la renta?

El ISR grava la utilidad o beneficio obtenido por los contribuyentes durante un año fiscal. Su base constitucional se encuentra en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, desarrollado íntegramente en la Ley del ISR. El impuesto aplica sobre ingresos derivados de salarios, prestación de servicios profesionales, arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación de bienes y actividades empresariales.

Definición ISR

Impuesto directo sobre la utilidad obtenida por personas físicas y morales residentes en México.

Tasas 2024

Progresivas del 1.92% al 35% para personas físicas; 30% fija para personas morales.

Obligados

Residentes nacionales y extranjeros con establecimiento permanente que perciban ingresos gravables.

Declaración clave

Presentación anual obligatoria en abril del año siguiente al ejercicio fiscal.

¿Quiénes están obligados a pagar ISR?

La obligación recae sobre personas físicas residentes en México respecto de todos sus ingresos, incluidos los de fuente extranjera, y sobre personas morales residentes en territorio nacional por sus utilidades fiscales. Los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México deben pagar por los ingresos atribuibles a dicho establecimiento.

Los asalariados subordinados retienen el impuesto vía nómina, mientras que profesionales independientes y empresarios deben calcular y enterar provisionalmente mensualmente, salvo que opten por el régimen simplificado de confianza (RESICO).

  • Actualización inflacionaria: Las tablas 2024 incorporan el índice acumulado de noviembre 2020 a noviembre 2023, modificando los límites inferiores y superiores de cada tramo según datos del SAT.
  • Tasa máxima: El tope para personas físicas alcanza el 35% sobre ingresos mensuales superiores a 12,367.63 pesos, con cuota fija de 3,878.69 pesos más el porcentaje sobre el excedente.
  • Personas morales: Mantienen tasa fija del 30% sobre la utilidad fiscal neta, sin escalas progresivas, aplicable al ejercicio 2025 basado en utilidades 2024.
  • Régimen RESICO: Contribuyentes con ingresos hasta 3.5 millones de pesos anuales pagan tasas reducidas entre 1% y 2.5% sobre el total facturado, sin deducciones de gastos conforme a la normativa vigente.
  • Exención salarial: Los ingresos equivalentes a un salario mínimo mensual no generan retención de ISR conforme al artículo 96 de la Ley del ISR.
  • Subsidio al empleo: Continúa aplicable para ingresos bajos en tablas diarias, reduciendo la carga fiscal efectiva del trabajador.
  • Periodicidades múltiples: El SAT establece tablas diarias, decenales, semanales, quincenales y mensuales para adaptarse a distintas formas de percepción de ingresos.
Aspecto Detalle 2024
Tasa mínima 1.92%
Tasa máxima personas físicas 35%
Tasa personas morales 30% fija
Umbral exento retención Salarios mínimos mensuales (Art. 96)
Fecha límite declaración anual Abril del año siguiente
Periodicidades disponibles Diaria, decenal, semanal, quincenal, mensual
Tope ingresos RESICO 3.5 millones de pesos anuales
Rango tasas RESICO 1% a 2.5%
Inflación referencia actualización Noviembre 2020 a noviembre 2023
Base legal declaración anual Título IV Capítulo XI Ley del ISR

¿Cuáles son las tasas del ISR 2024?

Las tarifas vigentes establecen mecanismos diferenciados según la naturaleza del contribuyente. Las personas físicas enfrentan un esquema progresivo donde la tasa marginal aumenta conforme crece la base gravable, mientras que las personas morales operan con un porcentaje uniforme sobre sus utilidades.

Tabla de ISR 2024

Para retenciones diarias, el SAT publicó los siguientes límites y cuotas en su documentación oficial:

Límite inferior ($) Límite superior ($) Cuota fija ($) % sobre excedente
0.01 24.54 0.00 1.92
24.54 208.29 0.47 6.40
208.30 366.05 12.23 10.88
366.06 425.52 29.40 16.00
425.53 509.46 38.91 17.92
509.47 1,027.52 53.95 21.36
1,027.53 1,619.51 164.61 23.52

Las retenciones decenales multiplican los límites por diez, manteniendo los porcentajes sobre excedente. Para cálculos mensuales, los tramos alcanzan el 35% en la fracción superior, aplicable a ingresos gravables mayores a 12,367.63 pesos.

Diferencia entre periodicidades

El contribuyente debe utilizar la tabla correspondiente a su periodicidad de pago habitual. Los trabajadores asalariados generalmente usan tablas quincenales o mensuales, mientras que profesionales independientes con ingresos variables pueden requerir cálculos diarios o decenales según la frecuencia de facturación.

¿ISR para personas físicas o morales?

Las personas físicas tributan conforme a la tabla progresiva, donde la tasa efectiva aumenta con el ingreso. En contraste, las personas morales aplican el 30% directamente sobre la utilidad fiscal neta determinada según el Título II de la Ley del ISR. Este cálculo permite deducir gastos estrictamente necesarios para la actividad preponderante, excluyendo al régimen RESICO donde no proceden deducciones.

¿Cómo se calcula el impuesto sobre la renta?

El procedimiento matemático requiere identificar correctamente el tramo correspondiente en la tabla autorizada, determinar el excedente sobre el límite inferior y aplicar el porcentaje correspondiente. El resultado se suma a la cuota fija del tramo para obtener el impuesto determinado.

Pasos para calcular ISR

El método oficial implica tres etapas fundamentales según guías tributarias. Primero, localizar el ingreso gravable dentro de los límites establecidos en la tabla correspondiente a la periodicidad. Segundo, restar el límite inferior al ingreso para obtener el excedente, multiplicar este resultado por el porcentaje indicado, y sumar la cuota fija. Tercero, restar el subsidio al empleo si aplica, así como pagos provisionales o retenciones previas efectuadas por terceros.

Para personas morales, el cálculo simplifica: se determina la utilidad fiscal total, se restan las deducciones autorizadas, y el resultado se multiplica por 0.30.

Cálculo práctico

Un ingreso mensual de 15,000 pesos se ubica en el tramo superior a 12,367.63 pesos. Se resta el límite inferior (12,367.63) obteniendo 2,632.37 pesos de excedente. Se multiplica por 35% (921.33 pesos) y se suma la cuota fija de 3,878.69 pesos, resultando en un ISR determinado de 4,800.02 pesos antes de subsidios o retenciones.

¿Qué exenciones aplica el ISR?

El artículo 93 de la Ley del ISR establece ingresos exentos que no acumulan para efectos del impuesto, incluyendo ciertos premios, herencias, donativos específicos y prestaciones de seguridad social. Adicionalmente, los salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente no generan retención de ISR cuando se perciben mensualmente.

Los ingresos que ya pagaron impuesto definitivo o aquellos específicamente señalados como exentos en la ley no deben incluirse en la declaración anual, simplificando la carga administrativa para ciertos grupos de contribuyentes.

¿Cuáles son las deducciones permitidas en ISR?

Las personas físicas pueden disminuir su base gravable mediante deducciones personales y erogaciones autorizadas en el artículo 151 de la Ley del ISR según disposiciones fiscales. Estas incluyen gastos médicos, funerarios, donativos a donatarias autorizadas, aportaciones para el ahorro para el retiro, gastos por enseñanza y cuotas de colegiaturas dentro de los límites establecidos.

Para actividades empresariales y profesionales, se autorizan deducciones de gastos estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos, incluyendo sueldos, arrendamientos, servicios e inversiones en activos fijos sujetas a depreciación. Los pagos provisionales efectuados durante el ejercicio y las retenciones por terceros también funcionan como saldos a favor deducibles del impuesto anual.

Límite de deducciones personales

La suma de las deducciones personales no puede exceder el monto equivalente a la menor de: cuatro veces el salario mínimo anual elevado del área geográfica del contribuyente, o el 15% de los ingresos totales del ejercicio. Este tope incluye gastos médicos, funerarios y donativos.

¿Cuándo se presenta la declaración anual de ISR?

La presentación del ejercicio fiscal 2024 tiene fecha límite estricta durante abril de 2025 para personas físicas. Las personas morales siguen calendarios diferenciados según su régimen y estructura accionaria.

Fechas clave 2024

Conforme al Título IV Capítulo XI Ley del ISR, las personas físicas deben presentar su declaración anual entre el primero y el treinta de abril del año siguiente al ejercicio fiscal. Este plazo es improrrogable y aplica para quienes tengan ingresos no exentos o sin impuesto definitivo.

Durante 2024, los pagos provisionales mensuales para personas físicas con actividades empresariales y profesionales tienen fecha de pago el día 17 de cada mes, o el siguiente hábil si coincide con día inhábil. Las retenciones de asalariados se enteran mensualmente mediante la declaración informativa de sueldos y salarios.

¿Qué sanciones hay por no pagar ISR?

El incumplimiento en la presentación oportuna de declaraciones, el pago deficiente de impuestos retenidos, o errores en los cálculos generan sanciones económicas por parte del SAT. La Miscelánea Fiscal 2024 establece multas por omisión de declaración, pagos extemporáneos con recargos y actualizaciones, así como sanciones específicas por no retener o enterar el impuesto correspondiente.

Las sanciones se calculan sobre el monto del impuesto omitido, aplicando recargos mensuales y actualizaciones por inflación desde la fecha en que debió realizarse el pago. En casos de evasión fiscal reiterada, el SAT puede ejercer acciones de embargo sobre cuentas bancarias o bienes del contribuyente.

¿Cómo se actualizó el ISR para 2024?

  1. : Creación del Impuesto Sobre la Renta en México como parte de la reforma integral al sistema fiscal federal.
  2. : Inicio del periodo de referencia para el cálculo de la inflación acumulada que determinaría la actualización 2024.
  3. : Cierre del periodo inflacionario de referencia; el SAT procesa el índice para ajustar tablas y límites.
  4. : Publicación de la Miscelánea Fiscal 2024 en el Diario Oficial de la Federación, incluyendo el Anexo 8 con las tablas definitivas disponible en documentos oficiales.
  5. : Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación al Título IV, Capítulo XI de la Ley del ISR, modificando aspectos de la declaración anual.
  6. : Entrada en vigor de las nuevas tablas ISR con los montos actualizados por inflación para retenciones y pagos provisionales.

¿Qué información está confirmada y qué genera dudas?

Datos establecidos

  • Las tablas ISR 2024 incorporan la inflación de noviembre 2020 a noviembre 2023.
  • La tasa máxima para personas físicas es del 35% y para morales del 30%.
  • La declaración anual vence en abril del año siguiente.
  • El RESICO aplica tasas del 1% al 2.5% sin deducciones de gastos.
  • Los salarios mínimos mensuales están exentos de retención.

Aspectos sin claridad total

  • Montos específicos de multas para 2024 por tipo de infracción.
  • Posibles ajustes adicionales para 2025 derivados de la inflación 2024.
  • Transición específica de contribuyentes del régimen general hacia RESICO.
  • Criterios exactos de selección para auditorías del SAT en declaraciones 2024.

¿Por qué existe el impuesto sobre la renta?

El ISR funciona como instrumento de recaudación principal del Estado mexicano, financiando el gasto público en infraestructura, educación, salud y seguridad social. Su estructura progresiva busca distribuir la carga tributaria conforme a la capacidad contributiva, estableciendo que quienes perciben mayores ingresos aporten porcentualmente más recursos al fisco.

Desde su creación en 1936, el impuesto ha evolucionado hacia una mayor formalización de la economía, integrando mecanismos de retención en origen que facilitan la recaudación y reducen la evasión. La existencia de deducciones personales incentiva conductas socialmente deseables como el ahorro para el retiro, la donación a organizaciones civiles y el gasto en salud preventiva.

¿Qué dicen las fuentes oficiales sobre el ISR?

“Las personas físicas residentes en México están obligadas a presentar declaración anual cuando obtengan ingresos de los señalados en los Capítulos I, III, IV, V, VI, VIII y IX del Título IV de esta Ley, siempre que no se trate de ingresos exentos o por los que se deba pagar el impuesto de manera definitiva.”

Artículo 150, Título IV Capítulo XI Ley del ISR

“No se hará retención del impuesto cuando los trabajadores de la misma ocupación en la misma zona geográfica deban percibir en el mes de que se trate un salario no mayor al mínimo general que rija en dicha zona.”

Artículo 96, última reforma publicada DOF 01-04-2024

¿Cuáles son los puntos esenciales del ISR 2024?

El ejercicio fiscal 2024 mantiene la estructura progresiva del ISR con actualización por inflación, estableciendo topes del 35% para personas físicas y 30% para personas morales. La declaración anual obligatoria debe presentarse en abril de 2025, incorporando deducciones autorizadas y pagos provisionales realizados durante el año. Los contribuyentes con ingresos hasta 3.5 millones de pesos pueden optar por el régimen RESICO con tasas reducidas, mientras que los asalariados de menores ingresos permanecen exentos de retención si perciben un salario mínimo. La normativa completa se encuentra disponible en la Ley del ISR publicada por la Cámara de Diputados.

Preguntas frecuentes

¿Qué sucede si no presento mi declaración anual en abril?

El SAT genera multas y recargos por extemporaneidad, calculados sobre el impuesto determinado. Además, puede iniciar procedimientos de fiscalización o embargo si la omisión persiste.

¿Los freelancers deben pagar ISR mensualmente?

Sí, los profesionales independientes deben realizar pagos provisionales mensuales mediante la declaración normal del SAT, aplicando las tablas correspondientes a sus ingresos acumulables.

¿Cómo sé si califico para el régimen RESICO?

Debes tener ingresos anuales no mayores a 3.5 millones de pesos, no deducir gastos, y realizar actividades empresariales o de prestación de servicios. La tasa varía del 1% al 2.5% según el monto facturado.

¿Puedo deducir gastos médicos de mis padres?

Sí, siempre que los padres generen ingresos inferiores al mínimo anual o no tengan posibilidad de obtenerlos por motivos de salud, y los gastos correspondan a prestadores de servicios autorizados.

¿Dónde consulto las tablas oficiales del SAT?

El Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 contiene las tablas definitivas, disponibles en el portal del SAT bajo la sección de normatividad.

¿Las ganancias por venta de casa habitación pagan ISR?

Existe exención cuando el monto de la contraprestación no exceda de 700,000 UDIS y se destine a adquirir nueva casa habitación en México dentro de los 6 meses siguientes, cumpliendo requisitos específicos.

¿Qué diferencia hay entre ISR retenido y pagado?

El retenido lo deposita tu empleador o cliente directamente al SAT; el pagado lo realizas tú como contribuyente mediante declaración provisional. Ambos se acreditan contra el impuesto anual determinado.

Mateo Adrian Ruiz Alvarez

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